Modelo 720. Nueva declaración informativa sobre bienes y derechos situados en el extranjero.
Esta declaración informativa deberán presentarla las personas físicas y jurídicas residentes en territorio español, los establecimientos permanentes en dicho territorio de personas o entidades no residentes y las entidades a que se refiere el artículo 35.4 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.
A través de este nuevo modelo de declaración informativa (modelo 720) se establece la obligación de informar sobre los bienes y derechos situados en el extranjero que se enumeran a continuación:
- Cuentas en entidades financieras
- Valores o derechos
- Bienes inmuebles
- Derechos sobre bienes inmuebles
- Acciones y participaciones en el capital social o fondo patrimonial de instituciones de inversión colectiva.
- Seguros de vida e invalidez cuando la entidad aseguradora se encuentre situada en el extranjero
- Rentas temporales o vitalicias obtenidas como consecuencia de la entrega de un capital en dinero, de derechos de contenido económico o de bienes muebles o inmuebles, a entidades situadas en el extranjero.
La presentación de la declaración, se efectuará obligatoriamente por vía telemática a través de internet y podrá ser efectuada por el propio declarante o por un tercero que actúe como representante.
El plazo de presentación del modelo 720 será este primer año 2013 entre el 1 de febrero y el 30 de abril. A partir del próximo se realizara entre el 1 de enero y el 31 de marzo.
Si usted necesita realizar la “Declaración informativa sobre bienes y derechos situados en el extranjero” o tiene alguna cuestión al respecto, no dude en ponerse en contacto con Bujarrabal Asesores. Nosotros le informaremos y realizaremos todos los trámites al respecto.
Fdo. Javier Bujarrabal




